Boletín Minería, O&G | 23 de mayo 2024

Jurisprudencia

Inicio de actuación administrativa para aprobación del mercado relevante de distribución de GLP en Ibagué, Tolima

CREG  Ver documento

El Auto 242 de 2024 emitido por la Comisión de Regulación de Energía y Gas marca el inicio de una actuación administrativa para la aprobación de un Mercado Relevante Especial de Distribución de Gas Licuado de Petróleo (GLP) y del Componente Fijo del Costo de Comercialización para varios centros poblados del Municipio de Ibagué en el Departamento del Tolima. La solicitud presentada por la empresa GAS UNIÓN DE COLOMBIA S.A.S. E.S.P. requería una serie de documentos y certificaciones para respaldar la conformación del mercado propuesto, incluyendo certificación de la Secretaría de Planeación respecto al interés de los usuarios potenciales del servicio de gas en los centros poblados solicitados y el cálculo del Cargo de Distribución y del Componente Fijo de Comercialización propuesto.

Tras revisar la información y documentación proporcionada por la empresa y realizar requerimientos adicionales para completar la solicitud, la Comisión decidió dar inicio a la actuación administrativa para la aprobación del Mercado Relevante Especial propuesto, así como para la aprobación del Cargo de Distribución por redes de tubería y del Componente Fijo del Costo de Comercialización de GLP. Se ordenó la publicación del resumen de la solicitud en el portal web de la CREG y en el Diario Oficial, y se comunicó el contenido del auto a la empresa solicitante y a la Alcaldía del Municipio de Ibagué.

 


 

Doctrina

Interpretación sobre la expedición de factura electrónica y el soporte documental en pagos de impuestos, regalías y contraprestaciones económicas

DIAN  Ver documento

La Subdirección de la DIAN responde a una solicitud relacionada con la obligación de expedir factura cuando se realizan pagos de impuestos, regalías, contraprestaciones económicas, tasas y contribuciones, así como sobre el documento soporte de costos, deducciones e impuestos descontables en casos donde no se requiere la expedición de factura de venta. Se establece que la obligación de expedir factura de venta recae en sujetos no expresamente exceptuados por la ley, en el contexto de operaciones de venta o prestación de servicios. Sin embargo, para pagos de impuestos, tasas, contribuciones y otras contraprestaciones económicas que no sean resultado de ventas o servicios, no se requiere expedir factura de venta. Se aclara que el pago de regalías, por ejemplo, no genera la obligación de expedir factura, y el documento soporte de deducciones por pago de regalías se rige por el artículo 123 del Decreto 2649 de 1993.

En el caso de las regalías, se establece que el pago realizado por el explotador del recurso no renovable a la entidad pública encargada no genera la expedición de factura de venta o documento equivalente. Además, si el explotador realiza el pago de regalías, este no debe generar el soporte de pagos en adquisiciones a sujetos no obligados a facturar, ya que no se trata de una operación de compra de bienes o prestación de servicios. Se concluye que el documento idóneo para la deducción de regalías es el establecido en el artículo 123 del Decreto 2649 de 1993, y que para otros pagos similares, el documento idóneo se determina de manera similar, siguiendo las disposiciones legales pertinentes.

 


 

Proyectos

MinEnergía propone actualizar el Reglamento de Transporte por Oleoductos

Ministerio de Minas y Energía Ver documento

El Ministerio de Minas y Energía ha propuesto una actualización del Reglamento de Transporte por Oleoductos, con el objetivo de establecer nuevos requisitos técnicos y condiciones para las actividades de transporte de petróleo, conforme a los artículos 45 y siguientes del Decreto Ley 1056 de 1953 - Código de Petróleos. Esta resolución es aplicable a todas las operaciones de entrega, transporte y recibo de petróleo y fluidos multifásicos por oleoductos, y está dirigida tanto a transportadores como a remitentes, además de entidades y personas interesadas en esta actividad. Basada en principios constitucionales que aseguran la propiedad estatal sobre los recursos naturales y la responsabilidad del Estado en la dirección de la economía, la actualización también busca alinearse con las políticas de transición energética del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026. Al reducir la utilización masiva de vehículos de carga y las emisiones contaminantes, este reglamento contribuye a los compromisos de Colombia en la COP-26. Asimismo, se ha incluido la creación de la categoría de oleoductos multifásicos, con normativas internacionales como API, NFPA, ASME, ANSI, e ISO, para garantizar seguridad, calidad y transparencia en el servicio, y fomentar la inversión en infraestructura. La propuesta fue publicada para comentarios ciudadanos y ajustada con base en las recomendaciones pertinentes, recibiendo también el aval de la Superintendencia de Industria y Comercio.

Las observaciones, comentarios y propuestas al referido proyecto de resolución deberán realizarse por medio de este foro o diligenciando el formulario para recepción de comentarios, el cual debe enviar conservando el formato editable al correo electrónico pciudadana@minenergia.gov.co, hasta el viernes 31 de mayo de 2024.

 


 

MinEnergía propone establecer Metodología Tarifaria de Transporte por Oleoductos

Ministerio de Minas y Energía  Ver documento

El Ministerio de Minas y Energía ha presentado un proyecto de resolución que establece una nueva metodología tarifaria para el transporte de petróleo por oleoductos. Esta iniciativa busca definir los criterios para fijar y revisar las tarifas de este servicio público, así como las condiciones de remuneración de los activos e infraestructura necesarios. La resolución se aplicará a todas las entidades y personas involucradas en el transporte de petróleo en el país, siguiendo los lineamientos de los artículos 56 y 57 del Código de Petróleos. Asimismo, se toman en cuenta las disposiciones de la Constitución Política, que reconoce la propiedad estatal sobre los recursos naturales no renovables y la facultad del Estado para intervenir en su explotación, garantizando una prestación eficiente de los servicios públicos.

En consecuencia, esta nueva metodología no solo pretende facilitar acuerdos directos entre transportadores y remitentes, sino también promover la transparencia y la eficiencia en el proceso tarifario. La metodología propuesta se fundamenta en conceptos internacionales para la valoración de activos y tasas de descuento, lo que permitirá armonizar las tarifas con los factores macroeconómicos del sector. Además, se refuerza la capacidad del Ministerio de Minas y Energía para realizar auditorías a los transportadores, asegurando el cumplimiento de las normativas

Las observaciones, comentarios y propuestas al referido proyecto de resolución deberán realizarse por medio de este foro o diligenciando el formulario para recepción de comentarios, el cual debe enviar conservando el formato editable al correo electrónico pciudadana@minenergia.gov.co, hasta el viernes 31 de mayo de 2024.

 


 

MinEnergía propone criterios para proyectos de energía eléctrica y gas bajo el mecanismo de obras por impuestos

Ministerio de Minas y Energía  Ver documento

El Ministerio de Minas y Energía ha emitido un proyecto de resolución que establece los criterios, requisitos y estándares mínimos para las obras de energía eléctrica y gas combustible construidas bajo el mecanismo de Obras por Impuestos, ya sea mediante modalidades de fiducia o convenio. Esta resolución está dirigida a personas jurídicas interesadas en acceder a beneficios tributarios sobre el impuesto a la renta y complementarios, optando por financiar proyectos en los sectores de energía eléctrica y gas combustible. Los proyectos deberán cumplir con los lineamientos y requisitos señalados para ser aceptados por el Ministerio de Minas y Energía, garantizando así que las obras realizadas bajo este esquema cumplan con los estándares de calidad y eficiencia requeridos. 

Las observaciones, comentarios y propuestas al referido proyecto de resolución deberán realizarse por medio de este foro o diligenciando el formulario para recepción de comentarios, el cual debe enviar conservando el formato editable al correo electrónico pciudadana@minenergia.gov.co, hasta el viernes 31 de mayo de 2024.

 


 

Noticias

Gobierno presenta estrategia nacional para comunidades energéticas en instituciones educativas

Presidencia de la República

El presidente Gustavo Petro asistió al lanzamiento de la Estrategia Nacional de Comunidades Energéticas Educativas en la Institución Educativa Agrícola del corregimiento de La Loma, municipio de Bojayá, Chocó. Esta iniciativa, desarrollada conjuntamente por los Ministerios de Educación Nacional y Minas y Energía, busca implementar soluciones energéticas en territorios históricamente excluidos y con altos niveles de pobreza, como es el caso del Chocó.

En el marco de esta estrategia, se entregaron soluciones solares fotovoltaicas a 23 instituciones educativas públicas del Pacífico colombiano, beneficiando a 1.400 personas entre personal educativo y estudiantes. Este proyecto forma parte de la Transición Energética Justa promovida por el Gobierno del Cambio, que ya cuenta con más de 350 municipios energéticos postulados en todo el país, contribuyendo a la educación y el bienestar de los niños y jóvenes en zonas vulnerables.

Tomado de Presidencia de la República. (17/05/2024).

 


 

Ministro de Hacienda advierte impacto fiscal de $6,7 billones en 2024 debido a sentencia C-489

Minhacienda

En la Audiencia de impacto fiscal de la sentencia C-489, el Ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, reveló que la afectación económica alcanzaría los $6,7 billones en el año 2024. Según sus declaraciones, este impacto se dividiría en $3,4 billones destinados a devoluciones y $3,3 billones relacionados con la imposibilidad de recaudar. El Ministro enfatizó la importancia para el Gobierno de mantener el equilibrio fiscal, gestionar adecuadamente los instrumentos macroeconómicos y recuperar el grado de inversión. Esta intervención se realizó ante la Corte Constitucional y puede ser revivida mediante el enlace proporcionado.

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SIC formula pliego de cargos contra varias compañías de Ecopetrol por presunta fijación de "pliegos sastre" en procesos de contratación

SIC

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ha tomado medidas contra Ecopetrol, Cenit Transporte y Logística de Hidrocarburos, Oleoducto Central y Helistar, acusándolos de la posible fijación de "pliegos sastre" en los procesos de contratación del servicio de transporte mediante helicópteros entre 2011 y 2023, con un presupuesto conjunto que supera los $ 417 mil millones. La investigación reveló que se establecieron requisitos injustificados en los pliegos de condiciones, como la antigüedad de las aeronaves y la disponibilidad de modificaciones específicas, que dificultaron la participación de otros proponentes y favorecieron a Helistar.

La SIC encontró que estos requisitos, aparentemente diseñados para favorecer a Helistar, no estaban respaldados por normativas aplicables al servicio de transporte aéreo. Además, cuestionó la cancelación sistemática de procesos de selección en los que otros proponentes podrían haber participado, lo que permitió a Helistar obtener contratos sin competencia. Estas acciones habrían obstaculizado la competencia efectiva y perjudicado los objetivos de política pública relacionados con el funcionamiento adecuado de Ecopetrol y las empresas contratantes.

 


 

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