
Mediante la Resolución 0629 de 2020, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (en adelante “MADS”), modificó el régimen de transición aplicable a los Estudios de Impacto Ambiental (en adelante “EIA”), realizados de conformidad con la metodología establecida en la Resolución 1503 de 2010, derogada por la Resolución 1402 de 2018.
A través de la Resolución 1402 de 2018 se incorporó al ordenamiento jurídico una nueva metodología para elaborar y presentar EIA. El artículo 5 de dicha Resolución establece al 2 de agosto de 2020 como el término máximo para presentar ante la autoridad ambiental competente los EIA realizados con la anterior metodología.
Ahora bien, con ocasión de las restricciones de movilidad impuestas por el Gobierno Nacional, en el marco de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19, el MADS extendió dicho término.
Así las cosas, el artículo 1 de la Resolución 629 de 2020 modificó el artículo 5 de la Resolución 1402 de 2018, y estableció como plazo máximo para presentar los EIA con la metodología anterior dentro de los 9 meses contados a partir del levantamiento de la emergencia sanitaria en el país. Dicho término podrá ser prorrogable únicamente cuando el proyecto, obra y/o actividad sea objeto de consulta previa, lo cual se deberá informar a la autoridad ambiental competente.
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