La Superintendencia de Sociedades expidió el pasado 2 de julio de 2026 la Circular Externa 100-000020, mediante la cual se actualiza integralmente la Circular Básica Jurídica y se introduce el nuevo Capítulo IX – Sistema de Autocontrol y Gestión de Riesgos LA/FT/FP y C/ST. Esta reforma marca un hito regulatorio al consolidar en un único cuerpo normativo las obligaciones que hasta ahora se encontraban dispersas en el SAGRILAFT (Capítulo X de la CBJ, Circular de 2020) y el PTEE (Capítulo XIII, Circular de 2021), creando un sistema integrado que abarca lavado de activos, financiación del terrorismo, proliferación de armas de destrucción masiva, corrupción local y soborno transnacional.
Entre los cambios más relevantes se destacan: (i) la adopción de la Unidad de Valor Básico (UVB) como nueva base de cálculo para umbrales de aplicación y sanciones; (ii) la ampliación de los sujetos obligados para incluir expresamente a confederaciones de cámaras de comercio y entidades sin ánimo de lucro extranjeras; (iii) la exigencia de políticas específicas y detalladas en materia de regalos, contribuciones políticas, donaciones, lobby, contratación estatal y código de ética; (iv) la obligación de actualizar la Debida Diligencia anualmente para contrapartes de alto riesgo; y (v) la incorporación de nuevos sectores al Régimen de Medidas Mínimas, incluyendo el sector farmacéutico y de infraestructura y construcción.
Los sujetos obligados que actualmente cumplen con las Circulares Externas 100-000016 de 2020, 100-000011 de 2021 y 100-300000 de 2024 deberán ajustar sus sistemas al nuevo marco a más tardar el 31 de mayo de 2027. Durante el período de transición, los sistemas actualmente implementados conservan su validez. La reducción del período de permanencia mínima (de 3 a 2 años para el Sistema, y de 1 año para el Régimen de Medidas Mínimas) y la posibilidad de que la Superintendencia ordene en cualquier momento la implementación del Sistema a entidades no obligadas, reflejan una postura de supervisión más activa y preventiva.