El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (“MADS”) expidió el 05 de febrero de 2026 la Resolución 0083 de 2026, por medio de la cual se unifican las actividades de bajo impacto ambiental que generan beneficio social y que pueden desarrollarse al interior de las áreas de reserva forestal sin necesidad de adelantar el trámite previo de sustracción. 

La decisión responde a la necesidad identificada por el MADS de actualizar y consolidar la regulación existente, integrando en un solo acto administrativo las disposiciones previamente contenidas en las resoluciones 1527 de 2012 y 1274 de 2014, las cuales quedan derogadas con la expedición de esta nueva normativa. Con esta unificación, se busca brindar mayor claridad normativa, seguridad jurídica y coherencia en la gestión ambiental de estos territorios estratégicos. 

La resolución reconoce que ciertas actividades, por su naturaleza y alcance, no comprometen los objetivos de conservación de las reservas forestales y, por el contrario, contribuyen al desarrollo sostenible de las comunidades que las habitan. En este sentido, el nuevo marco normativo incorpora actividades relacionadas con vivienda rural aislada, servicios públicos básicos, infraestructura social, agricultura campesina y comunitaria, energías renovables, conectividad, gestión del riesgo, restauración ecológica, entre otras. 

Así mismo, la Resolución establece condiciones para el desarrollo de estas actividades, las cuales se encuentran definidas en su artículo tercero, orientadas a garantizar la protección de los ecosistemas y la gestión adecuada del riesgo. Entre ellas, se destacan las restricciones frente a la apertura de nuevas vías o accesos, el respeto por rondas hídricas, nacimientos de agua y pendientes críticas, así como la obligación de observar los planes de manejo y la normativa aplicable en ecosistemas estratégicos como páramos y humedales.

La norma fija además medidas obligatorias de manejo ambiental y obligaciones de información ante las autoridades ambientales competentes, con el fin de asegurar que la ejecución de las actividades se realice de forma controlada, responsable y en armonía con los ecosistemas, sin eximir a los interesados del cumplimiento de los permisos ambientales que resulten aplicables.

Con esta normativa, se busca lograr una gestión ambiental integral que articula la conservación de los bosques con el desarrollo social y económico sostenible, fortaleciendo la gobernanza ambiental y promoviendo un uso responsable del territorio.

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