2 de julio de 2020
El Invima reanuda los términos legales suspendidos

A través de la Resolución 2020020185 del 23 de junio de 2020, el INVIMA tomó algunas medidas en relación con los términos legales suspendidos a través de la Resolución 2020012926 del 3 de abril de 2020.

En particular, dentro de las medidas adoptadas por el INVIMA se encuentran:

1. Reanudar los términos legales de: 
a. Los procesos de Control Interno Disciplinario, 
b. Las acciones de inspección, vigilancia y control que se adelantan en el marco del modelo de gestión de riesgo, adoptado por la Dirección General para tal fin, 
c. La aplicación, seguimiento y decisión sobre las medidas sanitarias relacionadas con los productos de competencia del Invima.

2. Reanudar los términos legales en los procesos sancionatorios, actuaciones administrativas y demás trámites a cargo de la Dirección de Responsabilidad Sanitaria del Invima.

3. Reanudar los términos legales en todas las actuaciones y trámites a cargo de la Dirección de Alimentos y Bebidas.

4. Reanudar los términos legales en las siguientes actuaciones a cargo de la Dirección de Medicamentos y Productos Biológicos:

a. Trámites relacionados con productos a base de Cannabis, Fitoterapéuticos, Homeopáticos y Suplementos Dietarios.
b. Protocolos de investigación y trámites asociados.
c. Autorizaciones de publicidad OTC para medicamentos, productos fitoterapéuticos y homeopáticos de venta libre, y todos los suplementos dietarios.
d. Renovaciones y modificaciones automáticas de medicamentos de síntesis química.
e. Trámites de exclusiones de IVA.
f. La programación y realización de visitas de certificación de Buenas Prácticas (BPx) virtuales o mixtas, de solicitudes radicadas antes del 3 de abril de 2020.

5. Reanudar los términos legales en las siguientes actuaciones a cargo de la Dirección de Dispositivos Médicos y Otras Tecnologías:

a. Modificaciones de registros sanitarios y permisos de comercialización.
b. Autorizaciones de agotamiento de producto y de publicidad.
c. Solicitudes de permisos de comercialización para equipos biomédicos de tecnología controlada.
d. Visitas de Certificación de Capacidad de Almacenamiento y Acondicionamiento.
e. Certificación y visita en Condiciones sanitarias para Bancos de tejido y médula ósea.
f. Certificación y visita en Buenas Prácticas (BP) para: Bancos de Tejidos y de Médula Ósea.
g. Visita de verificación de requerimientos de Buenas Prácticas (BP) para Bancos de tejidos.
h. Visita de verificación de centros de almacenamiento temporal de tejidos.
i. Visitas de verificación de requisitos sanitarios de unidades de biomedicina reproductiva, bancos de semen y todos los demás bancos de componentes anatómicos.
j. Trámites de la Sala Especializada de Dispositivos Médicos y Reactivos de Diagnóstico In Vitro.

6. Reanudar los términos legales de todas las actuaciones y trámites a cargo de la Dirección de Cosméticos, Aseo, Plaguicidas y Productos de Higiene Doméstica.

7. Reanudar los términos legales en todas las actuaciones y trámites a cargo de la Dirección de Operaciones Sanitarias.

Las notificaciones de los actos administrativos expedidos por el Invima, se realizará por medios electrónicos, en tanto permanezca la Emergencia Sanitaria.

Ver texto completo de la Resolución 2020020185 de 2020


 

Para mayor información contacte a nuestro equipo
Conozca más sobre
Compartir estas noticia