1. Contexto y origen

    Decreto Legislativo inicial: El Decreto 1474 del 29 de diciembre de 2025 fue expedido en desarrollo del estado de Emergencia Económica declarado mediante el Decreto 1390 de 2025. Sin embargo, el 29 de enero de 2026, la Corte Constitucional lo suspendió provisionalmente mediante el Auto 84 de 2026.
    Tengan en cuenta que, según se ha informado recientemente, la Corte Constitucional tiene previsto discutir de fondo este asunto en Sala Plena el 9 de abril de 2026. Por lo tanto, los mantendremos al tanto tan pronto se conozca la decisión final sobre la constitucionalidad del Decreto. 

    Nueva Decreto Legislativo: El Decreto 173 del 24 de febrero de 2026 fue expedido en desarrollo del Estado de Emergencia Económica declarado mediante el Decreto 0150 de 2026, cuyo origen fue una crisis humanitaria causada por fenómenos hidrometeorológicos.

    Decreto Legislativo complementario: El Decreto 240 del 12 de marzo de 2026 hace parte de un paquete de siete decretos legislativos firmados el mismo día, en respuesta a la emergencia que afecta a ocho departamentos (Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena y Chocó) por desbordamiento de ríos.

  2. Impuesto al patrimonio
      Decreto 1474/2025 Decreto 173/2026 Decreto 240/2026
    Sujeto pasivo Personas naturales Personas jurídicas Extiende el impuesto del Decreto 173 a establecimientos permanente y sucursales extranjeras
    Umbral 40.000 UVT (~$2.094 millones) 200.000 UVT (~$10.474 millones) Igual al Decreto 173
    Tarifa general 0,5% a 5% (progresiva) 0,5% Igual al Decreto 173
    Sector financiero/extractivo 5% máximo 1,6% Igual al Decreto 173
    Fecha de causación 1 de enero de 2026 1 de marzo de 2026 31 de marzo de 2026 (únicamente aplicable para establecimientos permanentes y sucursales)

     
  3. Sobretasa del impuesto de renta al sector financiero
    El Decreto 1474 incluyó 15 puntos adicionales en el impuesto sobre la renta (para un total del 50%) para el sector financiero y de extracción de carbón e hidrocarburos. Esta sobretasa No se replicó en los Decretos 173 y 240 del 2026. 
  4. Juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet 
    El Decreto 1474 gravó con 19% a los juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet. 

    El Decreto 240 los grava con el impuesto nacional al consumo a una tarifa del 16%, explicando como hecho generador el depósito en dinero, entendido como el pago en efectivo o las transferencias de dinero o criptoactivos realizadas por cada usuario apostador al operador para ser abonados en su cuenta. 

  5. Impuesto de normalización tributaria
    El Decreto 1474 creó un nuevo impuesto de normalización tributaria con fecha del 1 de enero de 2026. Por su parte, el Decreto 240 lo reactiva con una nueva fecha de corte de 1 de abril de 2026. En todo caso, se mantiene la tarifa del 19% y el plazo para declarar del 31 de julio de 2026.

  6. Comparación de Alivios Tributarios
    El Decreto 240 replica en gran medida la amnistía del Decreto 1474, pero incluye plazos más amplios para su aplicación como se explica a continuación:

    1. Reducción de sanciones e intereses por obligaciones en mora

      Concepto Decreto 1474/2025 Decreto 240/2026
      Obligaciones cubiertas En mora al 31 de diciembre de 2025 Mismo término
      Plazo para acogerse Hasta el 31 de marzo de 2026 Hasta el 30 de abril de 2026
      Tasa de interés moratoria 4,5% efectivo anual 4,5% efectivo anual
      Reducción de sanciones 15% de las sanciones y su actualización 15% de las sanciones y actualización
      Pago del capital 100% obligatorio 100% obligatorio
    2. Declaraciones omitidas y correcciones

      Concepto Decreto 1474/2025 Decreto 240/2026
      Declaraciones omitidas Al 30 de noviembre de 2025 Mismo término
      Sanción por extemporaneidad Reducida al 15%, sin intereses de mora Misma reducción
      Correcciones Presentadas hasta el 31 de diciembre de 2025, para correcciones que aumenten el valor a pagar o disminuyan el saldo a favor Mismo término, sin especificar a qué tipo de correcciones
      Sanción por corrección/inexactitud Reducida al 15%, sin intereses de mora Misma reducción
      Plazo para presentar 30 de abril de 2026 30 de abril de 2026
      Requisito adicional Pago del 100% del impuesto determinado y el reintegro de las sumas compensadas o devueltas improcedentemente Mismo requisito
    3. Obligaciones formales incumplidas

      Concepto Decreto 1474/2025 Decreto 240/2026
      Incumplimientos cubiertos Vigentes al momento de la expedición del decreto Vigentes al momento de la expedición del decreto
      Reducción de sanción Sanción máxima de 1.500 UVT Misma sanción
      Requisito Pago de 3% de ingresos brutos en renta 2024, o para no declarantes, pago del 2% del patrimonio bruto al 31 de diciembre de 2025 Mismo requisito
      Plazo 30 de abril de 2026 y 31 de marzo de 2026 (no declarantes) 30 de abril de 2026

       
    4. Conciliación contencioso-administrativa
       
      Concepto Decreto 1474/2025 Decreto 240/2026
      Procesos cubiertos Demandas radicadas antes del 31 de diciembre de 2025 Mantiene término
      Plazo para solicitar Hasta el 31 de mayo de 2026 Hasta el 30 de junio de 2026
      Monto a conciliar 100% impuesto + 15% (cuando se esté ante un proceso en primera o única instancia) o 20% (cuando se esté ante un proceso en segunda instancia) sanciones e intereses a una tasa del 4,5% efectivo anual Mantiene porcentajes
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