Suspensión procesos y actuaciones de la DIAN

Debido a la emergencia sanitaria, por medio de la Resolución 22 del 18 de marzo de 2020 la DIAN ordenó suspender entre el 19 de marzo y el 3 de abril, los términos en: (i) los procesos administrativos; y (ii) las actuaciones administrativas, en materia tributaria, aduanera y cambiaria.

De igual manera, ordenó suspender por el mismo plazo los términos de: (i) las solicitudes internas; (ii) las denuncias por Servicios Informáticos Electrónicos (“SIE”) de PQRS; (iii) los plazos para decidir solicitudes especiales del RUT; y (iv) en general, todas las solicitudes ingresadas a través del SIE.

Por último, aclaró que por dicho término no habrá atención al público en las instalaciones de la DIAN. 

Esta decisión podría tener efectos materiales para su negocio. Con gusto podemos ayudarlos a identificarlos, evaluarlos y mitigarlos. 

 

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