La Agencia Nacional de Minería en cumplimiento del artículo 20 de la Ley 1753 de 2015, expidió la Resolución 02 de 2020 mediante la cual define y reserva dos áreas con potencial para minerales estratégicos en el departamento del César.
ANM reserva dos áreas con potencial para minerales estratégicos.

El artículo 20 de la Ley 1753 de 2015 estableció que la Autoridad Minera Nacional, es decir la Agencia Nacional de Minería (“ANM”), deberá determinar los minerales de interés estratégico para el país. Para tal propósito, la ANM deberá establecer áreas especiales que serán objeto de evaluación técnica y, con base en dichas evaluaciones, seleccionar las áreas que presenten un alto potencial minero en la producción de minerales estratégicos con el fin de adjudicarlas a través de procesos de selección objetiva. 

Así, en cumplimiento de lo anterior, la ANM expidió la Resolución 002 de 2020 (la "Resolución") a través de la cual se establece y reserva de áreas con potencial de minerales estratégicos en el territorio nacional.
 
La Resolución reserva dos áreas en las que se estableció la existencia de minerales estratégicos como el cobre y otros metales. Las áreas están ubicadas en el departamento de César y cubren una zona de 5.092.6858 hectáreas. La alineación de las áreas está contenida en el Anexo 1, de la Resolución que pueden encontrar disponible en el siguiente enlace:
http://svrpubindc.imprenta.gov.co/diario/javax.faces.resource/dynamiccontent.properties.xhtml?ln=primefaces&pfdrid=UCKPCTPG8n0OwWa03svF%2FQ79rfYP576b&pfdrt=sc&id=c33b1371-a327-4e9a-ae92-0e29b81bd6ef&pfdrid_c=false&uid=31915a7c-50c6-4c56-b853-fcafaa971952


Como se mencionó anteriormente, estas áreas delimitadas y reservadas, según el artículo 20 de la Ley 1753 de 2015, serán parte de un proceso de evaluación técnica y, si es posible, serán delimitadas y declaradas como Áreas de Reserva Estratégica Minera, y luego de llevar a cabo los procesos de coordinación y concurrencia con las autoridades locales y la consulta previa con las comunidades étnicas aplicables, serán incluidas en los procesos de selección objetiva ya mencionados.
 

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