
Shell venta anunció de sus activos en Colombia por "condiciones operativas y regulatorias adversas"
Finanzas, Público, Hidrocarburos, Combustibles
Shell confirmó su decisión de vender sus activos en Colombia, incluyendo varios contratos de exploración y su participación en uno de los principales proyectos de gas del país. Entre los bloques en proceso de venta se encuentran Fuerte Sur, Purple Angel y COL-5, ubicados en la costa Caribe. La compañía explicó que la medida responde a resultados por debajo de lo esperado en la identificación de reservas de gas, así como a un entorno regulatorio poco favorable, marcado por la decisión del Gobierno de no firmar nuevos contratos de exploración y producción.
Además, Shell señaló que otros factores como la inseguridad en zonas estratégicas, el deterioro de la infraestructura y la lentitud de los trámites administrativos también influyeron en su decisión de retirarse del país. Como consecuencia, dejará de ser socia de Ecopetrol en los proyectos compartidos. En paralelo, el Gobierno nacional levantó la conmoción interior en Catatumbo, aunque se expandió por 90 días más algunos decretos que contemplan apoyos fiscales y sociales, mientras que el Banco de la República anunció subastas transitorias de expansión por 17 billones de pesos.
Tomado de Corficolombiana (25/4/2025)
Normativa
Actualización de formatos y herramienta de validación para informe de ERPC
Minería, Petróleo y Gas, Infraestructura y Servicios Públicos
La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) informa a los agentes transportadores de gas natural y terceros interesados que, en cumplimiento de la Resolución CREG 102-016 de 2025 —la cual modifica la Resolución CREG 175 de 2021— se han actualizado y puesto a disposición los formatos A09F1 auxiliar, A02F3 y A09F3 en formato Excel. Estos formatos deben ser utilizados por los transportadores para declarar la información exigida en el artículo 9 de la resolución modificada, que hace referencia a la información requerida para valorar las Estaciones de Regulación de Presión de Ciudad (ERPC) y las inversiones necesarias para su funcionamiento continuo. La finalidad es asegurar que los datos reportados sean completos y adecuados para la evaluación regulatoria correspondiente, en línea con los cambios introducidos por la resolución más reciente.
Además, la Dirección Ejecutiva de la CREG podrá realizar ajustes a los formatos de informe y su forma de presentación mediante futuras circulares. Para facilitar la revisión y envío de la información a la Comisión, se ha desarrollado una herramienta de validación en Excel. Esta herramienta permite a los agentes ejecutar un código que valida los datos introducidos en los formatos, asegurando que cada campo cumpla con los parámetros y tipologías exigidas antes de enviar la información oficialmente. Esta medida busca mejorar la precisión de los informes y optimizar los procesos de análisis regulatorio, fomentando una mayor eficiencia en el cumplimiento normativo por parte de los transportadores de gas natural.
CREG redefine responsabilidades y remuneración de las ERPC con vida útil cumplida
Minería, Petróleo y Gas, Infraestructura y Servicios Públicos
La Resolución 102 016 de 2025 de la CREG introduce cambios significativos en el tratamiento regulatorio de las Estaciones Reguladoras de Puerta de Ciudad (ERPC) que han cumplido o están próximas a cumplir su vida útil normativa. Se establece que, cuando estos ERPC hayan sido previamente incluidos y remunerados en la base de activos del sistema de transporte, y no estén contemplados en cargas de distribución, el transportador y el distribuidor deberán acordar quién asumirá su responsabilidad —entendida como la obligación de mantener las disponibles, operativas o ampliadas para la prestación del servicio público domiciliario. La remuneración por estos activos y sus gastos de administración, operación y mantenimiento (AOM) dependerán de dicho acuerdo: si el transportador asume la responsabilidad, los costos se incluirán en las cargas de transporte; si es el distribuidor, se reconocerán en los cargos de distribución bajo los principios aplicables a esa actividad. El agente deberá ser responsable de notificar a la CREG y solicitar el ajuste correspondiente en los cargos, utilizando los formatos definidos en el Anexo 9.
En caso de que no se llegue a un acuerdo entre transportador y distribuidor sobre quién asume la responsabilidad de un ERPC ya vencida normativamente, se aplicarán criterios automáticos según el impacto en las cargas de distribución. Si el incremento supera el 10% al incluir el valor de reposición y gastos en la base de activos, la responsabilidad recaerá en el transportador; si no, será del distribuidor. Además, se definen procedimientos claros para declarar la información técnica y financiera sobre las ERPC, tanto si se van a reponer como si se mantienen en operación. El transportador deberá declarar los componentes a reemplazar, justificar las inversiones necesarias y realizar una auditoría o revisión de la CREG según el caso. También se introduce la estimación del “costo de oportunidad” para aquellos ERPC que, pese a haber cumplido su vida útil, sigan siendo operativos y necesarios en el periodo tarifario. Esta estimación se hará conforme a criterios específicos, para garantizar una remuneración eficiente y transparente en el marco tarifario vigente.
Noticias
La CAN destacó las manufacturas en el comercio intrarregional en 2024
Aduanas y Comercio Internacional, Minería, Petróleo y Gas, Inmobiliario, Urbanístico, Hoteles y Agroindustria
La Comunidad Andina informó que durante 2024, las exportaciones totales de los países de crecieron un 5,5%, alcanzando US$ 165.290 millones, impulsadas principalmente por los mayores envíos de Perú y Ecuador. Según cifras procesadas por la Secretaría General de la Comunidad Andina, China, Estados Unidos, la Unión Europea, Panamá y la misma Comunidad Andina fueron los principales destinos de los productos andinos. Entre los bienes más exportados destacaron el petróleo crudo, minerales de cobre, oro, carbón y plátanos frescos, mientras que las importaciones totalizaron US$ 160.991 millones, generando una balanza comercial superavitaria de US$ 4.299 millones, situación que no se registraba en la región desde 2012.
La Comunidad Andina también se consolidó como el segundo destino de exportación de productos manufacturados andinos, después de Estados Unidos, al registrar ventas por US$ 7.583 millones, representando el 10,1% del total mundial. Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú mostraron un fuerte perfil de fabricante en su comercio intrarregional, destacándose productos como medicamentos, aceites vegetales, preparaciones para limpieza, tableros de madera y alambre de cobre. De manera notable, el 82,9% del comercio intracomunitario correspondió a manufacturas, reflejando el dinamismo de la producción con mayor valor agregado dentro del bloque.
El Secretario General de la Comunidad Andina, subrayó la importancia del comercio intrarregional como oportunidad estratégica ante los desafíos del comercio mundial. Destacó que la existencia de una zona de libre comercio dentro de la CAN favorece la estabilidad económica, fomenta la competitividad empresarial y permite aprovechar de mejor manera las oportunidades en los mercados internacionales. De cara al futuro, fortalecer el comercio de manufacturas es visto como un motor clave para impulsar el desarrollo estructural y la transformación productiva de los países andinos.