Reglamentan aspectos relativos a elementos de la historia clínica

El Ministerio de Salud expidió la Resolución 866 de 2021, por medio de la cual se reglamentaron aspectos relacionados con la interoperabilidad de la historia clínica en Colombia. La interoperabilidad ha sido definida por el mismo documento como la capacidad de los actores del sistema de salud para intercambiar información y conocimiento de los datos de la historia clínica de las personas, en el marco de los procesos de salud, con el objetivo de lograr beneficios mutuos y facilitar la entrega de servicios en línea.


Las disposiciones de la resolución aplican para diferentes actores, entre los que se incluyen al titular de la historia clínica, los prestadores de servicios de salud, las EPS, entidades del SGSSS, entidades que administren planes voluntarios de salud, entre otras.


De conformidad con el documento, los datos se deberán administrar de acuerdo con el procedimiento de gestión de elementos de datos y catálogos de información para la interoperabilidad de datos de la historia clínica, definidos en la página web del ministerio de salud. El documento trata también algunos aspectos relacionados con seguridad de la información y responsabilidades por el tratamiento seguro. 

 

Resolución 866 de 2021

 

 

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