
Se han modificado los vencimientos establecidos en la Circular Externa 100-000006 del 8 de agosto de 2016 sobre la información que trimestralmente deben presentar los deudores en negociación o en ejecución de un acuerdo de reorganización ante la Superintendencia de Sociedades. Los nuevos plazos son los siguientes:
Sociedades, Empresas Unipersonales y sucursales de sociedades extranjeras:
- Plazo para la Presentación de la Información financiera en el informe denominado "Acuerdos de Recuperación" del trimestre comprendido entre el 1 de enero al 31 de marzo de 2020: viernes 12 de junio de 2020.
Otro tipo de deudores:
Las demás personas admitidas a un proceso de reorganización deben enviar los estados financieros a que se refiere el numeral 5 del artículo 19 de la Ley 1116 de 2006 en PDF, escaneado del original que se haya suscrito a través del correo electrónico webmastersupersociedades.gov.co, cumpliendo con los siguientes plazos:
- Información de fin de ejercicio de 2019: viernes 5 de junio de 2020
- Información del trimestre comprendido entre el 1 de enero al 31 de marzo de 2020: viernes 19 de junio 2020.
- Los deudores que no estén obligados a llevar contabilidad que fueran admitidos a un proceso de reorganización, deberán remitir las certificaciones indicadas en los literales c) y d) del numeral 5 de la Circular Externa 100-000005 del 8 de agosto de 2016, cumpliendo con los siguientes plazos:
- La información a diciembre de 2019: viernes 5 de junio de 2020
- La información a 31 de marzo de 2020: viernes 19 de junio de 2020
Las demás instrucciones impartidas en la Circular Externa 100-000005 del 8 de agosto de 2016 no se modifican.
Ver texto de la Circular 100-000011 de 2020