El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió el Decreto 468 de 2021 mediante el cual reglamentó el sello de accesibilidad e inclusión universal para el sector turismo.
El sello es una herramienta que permite la identificación y reconocimiento ante la sociedad de aquellos prestadores de servicios turísticos que cumplan con los requisitos establecidos por la ley y las normas técnicas de accesibilidad del sector turismo nacional e internacional.
El objeto del sello es la promoción de la remoción de barreras espaciales, de entorno físico, comunicativas, actitudinales y de servicio que garanticen el acceso, uso y disfrute de las actividades turísticas.
El uso del sello es de naturaleza voluntaria. El otorgamiento y conservación del derecho al uso del sello está condicionado al acatamiento de las normas técnicas nacionales e internacionales vigentes en materia de accesibilidad del sector turismo. Es de propiedad de la Nación y se encuentra bajo administración del Ministerio de Comercio, Industria y turismo.