20 de marzo de 2020

El Gobierno Nacional, a través de Decreto 435 de 2020, decidió establecer nuevas fechas para la presentación y pago de la declaración del Impuesto sobre la Renta, el Impuesto sobre las Ventas (“IVA”) y el Impuesto Nacional al Consumo (“INC”).
Decreto 435

El Gobierno Nacional, a través del Decreto 435 del 19 de marzo de 2020, estableció nuevas fechas para la presentación y pago de la declaración del Impuesto sobre la Renta del 2019.
Así mismo, estableció fechas especiales para el pago del Impuesto sobre las Ventas (“IVA”) del bimestre marzo-abril de 2020, del cuatrimestre enero-abril de 2020 y del Impuesto Nacional al Consumo (“INC”) del bimestre marzo-abril de 2020.


1.    Impuesto sobre la renta y complementarios Grandes Contribuyentes.

Las nuevas fechas para declarar y pagar la segunda cuota del año gravable 2019 comienzan el 21 de abril de 2020 y terminan el 5 de mayo del 2020:
 

 

Declaración y pago segunda cuota

Ultimo dígito del NIT

Fecha anterior

Fecha modificada por el Decreto 435

0

14 de abril de 2020

21 de abril de 2020

9

15 de abril de 2020

22 de abril de 2020

8

16 de abril de 2020

23 de abril de 2020

7

17 de abril de 2020

24 de abril de 2020

6

20 de abril de 2020

27 de abril de 2020

5

21 de abril de 2020

28 de abril de 2020

4

22 de abril de 2020

29 de abril de 2020

3

23 de abril de 2020

30 de abril de 2020

2

24 de abril de 2020

4 de mayo de 2020

1

27 de abril de 2020

5 de mayo de 2020

2.    Sobretasa para las Instituciones Financieras

El decreto 401 del 13 de marzo de 2020 adicionó inicialmente un parágrafo al artículo 1.6.1.13.2.11 del Decreto 1625 de 2016 y fijó ciertos plazos para que las instituciones financieras calificadas como grandes contribuyentes, obligadas al pago de la sobretasa, liquidaran un anticipo de la sobretasa calculado sobre la base gravable del Impuesto sobre la Renta del año gravable 2019. 
No obstante, el Decreto 435 estableció nuevos plazos para pagar la primera cuota de la sobretasa de las entidades financieras. En ese sentido, las nuevas fechas son las siguientes:
 

 

Declaración y pago primera cuota de la Sobretasa (50%)

Ultimo dígito del NIT

Fecha anterior

Fecha modificada por el decreto

0

14 de abril de 2020

21 de abril de 2020

9

15 de abril de 2020

22 de abril de 2020

8

16 de abril de 2020

23 de abril de 2020

7

17 de abril de 2020

24 de abril de 2020

6

20 de abril de 2020

27 de abril de 2020

5

21 de abril de 2020

28 de abril de 2020

4

22 de abril de 2020

29 de abril de 2020

3

23 de abril de 2020

30 de abril de 2020

2

24 de abril de 2020

4 de mayo de 2020

1

27 de abril de 2020

5 de mayo de 2020

 

Es importante tener en cuenta que los vencimientos establecidos para la segunda cuota se mantienen sin cambios.

3.    Presentación de la declaración anual de activos en el exterior

Adicionalmente, el decreto modificó los plazos para la presentación de la declaración anual de activos en el exterior de los grandes contribuyentes y personas jurídicas. Al respecto las nuevas fechas son las siguientes:

 

Grandes Contribuyentes

Ultimo dígito del NIT

Fecha anterior

Fecha modificada por el decreto

0

14 de abril de 2020

21 de abril de 2020

9

15 de abril de 2020

22 de abril de 2020

8

16 de abril de 2020

23 de abril de 2020

7

17 de abril de 2020

24 de abril de 2020

6

20 de abril de 2020

27 de abril de 2020

5

21 de abril de 2020

28 de abril de 2020

4

22 de abril de 2020

29 de abril de 2020

3

23 de abril de 2020

30 de abril de 2020

2

24 de abril de 2020

4 de mayo de 2020

1

27 de abril de 2020

5 de mayo de 2020

 

 

Personas jurídicas

Últimos dos dígitos del NIT

Anterior fecha de vencimiento

Actual fecha de vencimiento

96 al 00

14 de abril de 2020

21 de abril de 2020

91 al 95

15 de abril de 2020

22 de abril de 2020

86 al 90

16 de abril de 2020

23 de abril de 2020

81 al 85

17 de abril de 2020

24 de abril de 2020

76 al 80

20 de abril de 2020

27 de abril de 2020

71 al 75

21 de abril de 2020

28 de abril de 2020

66 al 70

22 de abril de 2020

29 de abril de 2020

61 al 65

23 de abril de 2020

30 de abril de 2020

56 al 60

24 de abril de 2020

4 de mayo de 2020

51 al 55

27 de abril de 2020

5 de mayo de 2020

46 al 50

28 de abril de 2020

6 de mayo de 2020

41 al 45

29 de abril de 2020

7 de mayo de 2020

36 al 40

30 de abril de 2020

8 de mayo de 2020

31 al 35

4 de mayo de 2020

11 de mayo de 2020

26 al 30

5 de mayo de 2020

12 de mayo de 2020

21 al 25

6 de mayo de 2020

13 de mayo de 2020

16 al 20

7 de mayo de 2020

14 de mayo de 2020

11 al 15

8 de mayo de 2020

15 de mayo de 2020

06 al 10

11 de mayo de 2020

18 de mayo de 2020

01 al 05

12 de mayo de 2020

19 de mayo de 2020

 

4.    Impuesto sobre la renta para las demás personas jurídicas

Las nuevas fechas para presentar la declaración y pago de la primera cuota del Impuesto sobre la Renta del 2019 de las demás personas jurídicas y los contribuyentes del Régimen Tributario Especial, diferentes a los calificados como Grandes Contribuyentes, comienzan el 21 de abril de 2020 y terminan el 19 de mayo de 2020:

 

 

Declaración y pago primera cuota

Últimos dos dígitos del NIT

Anterior fecha de vencimiento

Actual fecha de vencimiento

96 al 00

14 de abril de 2020

21 de abril de 2020

91 al 95

15 de abril de 2020

22 de abril de 2020

86 al 90

16 de abril de 2020

23 de abril de 2020

81 al 85

17 de abril de 2020

24 de abril de 2020

76 al 80

20 de abril de 2020

27 de abril de 2020

71 al 75

21 de abril de 2020

28 de abril de 2020

66 al 70

22 de abril de 2020

29 de abril de 2020

61 al 65

23 de abril de 2020

30 de abril de 2020

56 al 60

24 de abril de 2020

4 de mayo de 2020

51 al 55

27 de abril de 2020

5 de mayo de 2020

46 al 50

28 de abril de 2020

6 de mayo de 2020

41 al 45

29 de abril de 2020

7 de mayo de 2020

36 al 40

30 de abril de 2020

8 de mayo de 2020

31 al 35

4 de mayo de 2020

11 de mayo de 2020

26 al 30

5 de mayo de 2020

12 de mayo de 2020

21 al 25

6 de mayo de 2020

13 de mayo de 2020

16 al 20

7 de mayo de 2020

14 de mayo de 2020

11 al 15

8 de mayo de 2020

15 de mayo de 2020

06 al 10

11 de mayo de 2020

18 de mayo de 2020

01 al 05

12 de mayo de 2020

19 de mayo de 2020

Es importante tener en cuenta que los vencimientos establecidos para la segunda cuota se mantienen sin cambios
 

5.    Impuesto sobre las Ventas (“IVA”)

Se estableció que el 30 de junio de 2020 es el plazo máximo para pagar la declaración del bimestre mazo-abril de 2020 y el cuatrimestre enero- abril de 2020. Lo anterior, aplica únicamente para quienes desarrollen las siguientes actividades:
 

CÓDIGO CIIU

DESCRIPCIÓN

5611

Expendio a la mesa de comidas preparadas

5613

Expendio de comidas preparadas en cafeterías

5619

Otro tipo de expendio de comidas preparadas

5630

Expendio de bebidas alcohólicas para el consumo dentro del establecimiento

7911

Actividades de agencias de viaje

7912

Actividades de operadores turísticos

 

6.    Impuesto Nacional al Consumo

Se estableció que el 30 de junio de 2020 es el plazo máximo para el pago de la declaración del bimestre marzo abril de 2020. Lo anterior, únicamente para los responsables del impuesto que desarrollen las siguientes actividades:
 

CÓDIGO CIIU

DESCRIPCIÓN

5611

Expendio a la mesa de comidas preparadas

5613

Expendio de comidas preparadas en cafeterías

5619

Otro tipo de expendio de comidas preparadas

5630

Expendio de bebidas alcohólicas para el consumo dentro del establecimiento

 

 

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